En 2024 se nos dijo que el Poder Judicial de la Federación necesitaba una transformación profunda. La Suprema Corte pasó de once a nueve ministros, desaparecieron las salas y el Consejo de la Judicatura fue sustituido por dos órganos, el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial. Dos años después, desde el Poder Judicial se lanza una iniciativa de reforma legal que propone ajustes que nos recuerdan el esquema anterior, así parece ser más claro el que la única intención era sustituir los perfiles de quienes integran el Poder Judicial de la Federación, veamos un par de ejemplos que parece lo ilustran.
El primero de los cambios propuestos que es de llamar la atención tiene que ver con las anteriores Salas de la anterior Suprema Corte. La reforma constitucional de junio de 2026 permite que nuestro máximo tribunal funcione, además del Pleno, en dos secciones si es que éste lo aprueba, y esta iniciativa de reforma las desarrolla en la ley. Estos ¿nuevos? órganos que debemos decirlo son las anteriores Salas con nuevo nombre, serían competentes para resolver reclamaciones, incidentes de inejecución, inconformidades y amparos en revisión donde solo se aplique jurisprudencia o precedentes obligatorios, es decir, estos nuevos órganos no podrán crear jurisprudencia y, si advierten que pueden fijar un criterio, deberán remitir el asunto al pleno. Resulta paradigmático que los Tribunales Colegiados de Circuito sí puedan integrar jurisprudencia y las secciones de la Suprema Corte no podrán, es cuando menos extraño el modelo.
El segundo ejemplo es el Pleno de Órganos Superiores del Poder Judicial de la Federación, que estaría integrado por las presidencias de la Corte, del Tribunal de Disciplina, del Tribunal Electoral y del Órgano de Administración. De acuerdo con la nueva propuesta, este órgano podría ser convocado por la presidencia de la Corte, y esa misma presidencia coordinaría el informe anual de todo el Poder Judicial. Además, la propia Corte resolvería las controversias entre los órganos del Poder Judicial, sin poder revisar determinaciones definitivas e inatacables ni actos vinculados directamente con la función jurisdiccional. Así, en los hechos, devuelve a la Corte un lugar central, como el que tenía antes de la reforma de 2024.
Aquí aparece una pregunta que vale la pena hacerse con toda seriedad. Si el modelo anterior era lo bastante funcional como para retomar sus piezas, entonces qué fue exactamente lo que cambió en 2024. Me parece que la única respuesta plausible es la sustitución de personas. Se renovó la integración de la Corte y de buena parte de los tribunales y juzgados federales y locales en el país, con nuevos perfiles y nombres, mientras que la arquitectura, vista con calma, vuelve a parecerse a la que existía, con algunos matices desde luego. Si la estructura termina siendo en lo esencial la misma, entonces se confirmar que el verdadero cambio de fondo fue la renovación de perfiles, y las reglas de organización quedaron como un asunto de forma e incluso dando pasos para volver a la organización previa.
La literatura política tiene un nombre para esto, el Gatopardismo, donde cambian los rostros para que la casa siga en pie. Quienes votaron en 2025 merecen saberlo con claridad, y el Congreso tiene ahora una buena oportunidad de discutir esta iniciativa llamando a las cosas por su nombre.
Recomendar Nota
