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¿Pantallas en las escuelas? Las reglas del juego

En esta columna se ha analizado la potencial afectación que pueden tener los menores de edad por un uso excesivo de pantallas y, sobre todo, por el efecto pernicioso que los algoritmos pueden llegar a causar en el desarrollo psicomotriz de los más pequeños. Precisamente a cuenta de esta narrativa, es importante destacar que la Secretaría de Educación Pública publicó hace unos días en el Diario Oficial un acuerdo que regula este tema.

En efecto, se trata del acuerdo 09/09/26, que fija las reglas sobre el uso de celulares, relojes inteligentes y otros dispositivos electrónicos, como pudieran ser las tabletas en las escuelas del país. Esta regulación aplicará por igual a escuelas públicas y privadas de educación básica, media superior y superior, y entrará en vigor el próximo 3 de noviembre. El propósito de esta regulación es proteger los derechos de las infancias, de modo que, cuando esos aparatos se usen en un contexto escolar, sirvan para lograr entornos sanos y favorables al aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral.

Las limitaciones más importantes recaen sobre la educación básica. En la inicial, preescolar, primaria y secundaria se restringirá el uso de estos dispositivos durante toda la jornada escolar; sólo podrán usarse para actividades educativas programadas y guiadas por los docentes, y de manera excepcional por emergencias personales, discapacidad, accesibilidad, inclusión, salud o necesidades extraordinarias y de acuerdo con lo que determine cada comunidad escolar. En bachillerato el enfoque será más flexible. Se promoverá un uso responsable y se limitará el uso no pedagógico según el contexto de cada plantel, a partir de un proceso de consulta y diálogo con cada comunidad educativa.

Cada escuela definirá sus reglas en una asamblea y podrá optar, entre otras, por guardar los aparatos durante la jornada, permitirlos sólo en horarios y áreas determinados, prohibirlos por completo o autorizarlos ciertos días con fines de aprendizaje. En educación superior no hay restricción obligatoria, sólo se fomenta el uso responsable conforme a los acuerdos de cada comunidad y a las disposiciones de cada institución, con respeto a la autonomía universitaria y a lo determinado en cada estado.

El acuerdo privilegia la prevención sobre el castigo. Declara un enfoque formativo, preventivo y de corresponsabilidad entre autoridades, docentes, estudiantes y familias, por encima de uno exclusivamente restrictivo o punitivo. Por ello, no establece sanciones y propone tres decálogos orientadores, uno por nivel educativo, como punto de partida para difundir las reglas y construir acuerdos, los cuales cada escuela puede adaptar. Las autoridades estatales tendrán un papel central, pues deberán adoptar las medidas necesarias para aplicarlo y podrán ajustarlo a su contexto, y cada semestre, junto con la SEP, revisarán los avances para, en su caso, hacer los ajustes que consideren pertinentes.

Es muy importante dar pasos claros en la regulación preventiva en el uso de aparatos electrónicos por parte de las infancias. Es cierto que tienen una utilidad práctica innegable y, por tanto, no puede prohibirse terminantemente su uso, pero sí constituye un paso importante limitar a un uso moderado y racional para que sea un motor del desarrollo educativo, en lugar de que se convierta en un lastre que termine por enviciar a nuestros niños. Sí a más y mejor regulación en esta materia.

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