Las cifras de incidencia delictiva se han convertido en un componente importante de sus esfuerzos de difusión y propaganda. Cada mes se presentan promedios, porcentajes y gráficas que anuncian disminuciones significativas, particularmente en los homicidios dolosos, los asesinatos. Sin embargo, conviene discutir cómo se construyen estos registros administrativos y qué tanto pueden o no reflejar la realidad. Una cifra delictiva no surge de manera automática después de que ocurre un delito. Entre el hecho y su publicación existe una cadena de decisiones: la víctima denuncia, cuando puede y decide hacerlo; la fiscalía registra el caso; el personal ministerial determina su clasificación jurídica; la institución reporta (o no) la información; el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) la concentra, y finalmente el gobierno selecciona la manera de comunicarla. En cada una de estas etapas pueden presentarse omisiones, distorsiones, limitaciones; siempre hay intencionalidades y criterios. De eso trata esta nota.
El principal límite para conocer la realidad delictiva del país es la llamada “cifra negra". De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), alrededor del 93% de los delitos cometidos en México no se denuncia o no deriva en una carpeta de investigación. En consecuencia, los registros de las fiscalías y del SESNSP sólo reflejarían, en el mejor de los casos, el 7% restante [1].
Otro tema es el de la clasificación. Existen categorías como “otros delitos contra la vida” y “otros delitos contra la libertad”, consideradas “residuales”, pero que en ocasiones concentran más registros que las categorías principales, como serían en este caso homicidios dolosos (asesinatos) y secuestros. En enero de este año, el SESNSP anunció que, de aquellas categorías residuales, desagregaría algunos registros como las tentativas de homicidio y feminicidio, la privación ilegal de la libertad y la retención o sustracción de menores e incapaces. Sin embargo, las categorías de “otros delitos” se mantienen, al igual que el arbitrio con el que las fiscalías clasifican los casos. Además, este ajuste debe tomarse en cuenta para las comparaciones con periodos previos y reincorporar los delitos que ahora se sustraen de la categoría de “otros”. De otro modo, una reducción podría explicarse, en parte, por este traslado administrativo de registros.
Ante las limitaciones que en México existen para conocer la realidad delictiva, y los excesos propagandísticos del gobierno federal y de los gobiernos locales, Causa en Común propone una serie de alertas relacionadas con cambios mayores y súbitos en la incidencia delictiva; la oficial, se entiende. Las alertas no constituyen pruebas de alteraciones deliberadas. Y a la inversa, que un delito o una entidad no generen una alerta, tampoco acredita la exactitud de sus cifras. Su alcance es más preciso: señalar anomalías sostenidas con información disponible y criterios replicables.
La primera alerta identifica variaciones estadísticas atípicas. Se activa ante incrementos o disminuciones muy alejados de las tendencias previas y sin una explicación operativa, metodológica, normativa y/o administrativa. Como regla general, se consideran variaciones superiores a 50%; en delitos con pocos registros, el umbral se reduce para no perder sensibilidad a las variaciones.
Para el primer semestre de 2026 se analizaron diez delitos de alto impacto: homicidio doloso (asesinatos), feminicidio, secuestro, trata de personas, extorsión, narcomenudeo, violencia familiar, robo de vehículo con violencia, robo a transeúnte con violencia y robo a transportista con violencia. En todos ellos se activa este tipo de alerta. Por ejemplo: San Luis Potosí reportó una disminución de 82% en víctimas de homicidio doloso; Aguascalientes informó 94% menos víctimas de extorsión; Chihuahua registró un incremento de 2,325% en el mismo delito. Algunas entidades reportaron en ceros delitos como secuestro, trata de personas o robo a transportista con violencia. Por ejemplo, Nayarit informó que ya no ocurren robos a transeúnte o a transportista con violencia, y que tampoco se habrían registrado víctimas de trata de personas en la entidad.
De nueva cuenta: variaciones de esta magnitud pueden tener una explicación en procedimientos judiciales, en ajustes legales o normativos, en políticas súbitamente muy exitosas o en alteraciones en dinámicas criminales. El caso es que se trata de variaciones muy significativas que carecen de una explicación. Si una entidad redujo un delito en 80% o incluso lo “eliminó”, tendría que ser posible conocer qué hizo, cómo lo hizo y qué información adicional permite verificarlo.
La segunda alerta se refiere a posibles reclasificaciones y se activa cuando disminuye un delito al mismo tiempo que aumentan o mantienen niveles elevados otras categorías jurídicamente relacionadas. Otra vez: no se afirma que los casos hayan sido trasladados deliberadamente; lo que identifica son movimientos en las cifras que justifican revisar los criterios utilizados por las fiscalías. Por ejemplo: En San Luis Potosí se registraron 30 víctimas de homicidio doloso y feminicidio, frente a 136 víctimas en “otros delitos contra la vida”. Guanajuato informó 13 víctimas de feminicidio y 100 mujeres víctimas de homicidio doloso. La Ciudad de México reportó cinco víctimas de secuestro, frente a 1,735 registradas en “otros delitos contra la libertad”. Aquí no sólo hay delitos sino decisiones ministeriales, criterios, que sería útil conocer.
La tercera es una alerta de opacidad por desapariciones. Durante el primer semestre de 2026 se identificaron diez entidades donde el número de personas desaparecidas y no localizadas fue superior al de víctimas de homicidio doloso y feminicidio. Entre ellas se encuentran la Ciudad de México, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, Tamaulipas y Zacatecas. Esta alerta no supone que las personas desaparecidas hayan sido asesinadas ni propone sumarlas a las víctimas de homicidio doloso. Señala que, mientras se desconozca su paradero, estas víctimas permanecen en un limbo jurídico y estadístico. En esas condiciones, es natural que las cifras sobre asesinatos se observen en paralelo a las cifras sobre desapariciones.
La cuarta alerta identifica posibles subregistros al contrastar con otras fuentes oficiales o con delitos documentados públicamente. En 2025, por ejemplo, el INEGI registró 27,989 defunciones por homicidio, mientras que las fiscalías reportaron al SESNSP 24,344 víctimas de homicidio doloso y feminicidio: una diferencia de 3,645 víctimas, cercana a 15% del total informado por el Secretariado. Se trata de registros diferentes, el INEGI reporta certificados de defunción, mientras el SESNSP reúne investigaciones ministeriales, pero la magnitud de la diferencia es ciertamente notable.
El contraste también puede hacerse con fuentes periodísticas verificables. En el primer semestre de 2026, el diario Noroeste documentó, al menos, 53 muertes violentas que no se reflejan en los reportes de la fiscalía de Sinaloa [2]. Existen también casos en sentido contrario, en los que la violencia criminal provoca que fuentes periodísticas opten por no informar; es el caso de las denominadas “zonas de silencio”.
La quinta alerta se refiere al uso propagandístico de las estadísticas y se activa ante comparaciones temporales selectivas, gráficas alteradas para exagerar visualmente supuestas reducciones, o ante el abuso de indicadores favorables sin contexto. Por ejemplo, recientemente en las conferencias matutinas se ha comparado septiembre de 2024 con junio de 2026 para anunciar una reducción de 48% en el promedio diario de homicidios. Al comparar periodos equivalentes —el primer semestre de 2026 contra el primero de 2025— la disminución sería de 30%, ya de por sí notable. Obviamente, seleccionar como punto de partida un mes particularmente violento amplifica el resultado.[3]
Estos comentarios no niegan posibles resultados. Parten de la realidad de que los registros administrativos sobre delitos son para el gobierno de México productos políticos. Se parte también de la realidad de que su confiabilidad depende de que existan reglas homogéneas, trazabilidad, controles de calidad y posibilidades de verificación, todo lo cual hoy no existe. Por ahora, son los cambios notorios en las cifras, incluyendo, no olvidarlo, la supuesta eliminación de algunos delitos en algunas entidades, los que constituyen claras anomalías. Razones debe haber. Conviene conocerlas.
REFERENCIAS
[1] INEGI, 2025. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública. Disponible en: https://inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/ENVIPE/ENVIPE_25.pdf
[2] López, A. 2026. Maquillar la muerte. En, El Noroeste, 12 de agosto de 2026. Disponible en: https://www.noroeste.com.mx/inndaga/con-omisiones-y-reclasificaciones-fiscalia-de-sinaloa-reduce-las-muertes-violentas-de-la-guerra-guzman-zambada-PK24849475
[3] Causa en Común, 2026. Qué dicen y qué ocultan las cifras oficiales de delitos en México. Disponible en: https://drive.google.com/file/d/1Cc2wibh5HdyuskZRksMPBTYVi93JGOcL/view
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