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Cuando los delitos no aparecen en las estadísticas: una alerta por posible subregistro

¿Qué son las alertas? Las alertas desarrolladas por Causa en Común identifican posibles anomalías en el registro, clasificación y comunicación de las cifras oficiales sobre delitos. No prueban que los datos hayan sido alterados deliberadamente, pero sí señalan comportamientos que, por distintas razones, ameritan una revisión técnica y una explicación de las autoridades. Son cinco: variación estadística atípica, posible reclasificación, posible subregistro, incremento de desaparecidos y uso propagandístico de la información. En esta entrega explicamos la alerta por posible subregistro.

El principal obstáculo para conocer la realidad delictiva en México es la llamada “cifra negra”: los delitos que no se denuncian o que, aún cuando se denuncian, no derivan en una carpeta de investigación. Las estadísticas que reúne el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) se refieren precisamente a las carpetas de investigación iniciadas por los ministerios públicos y reportadas por las fiscalías estatales. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública, realizada por el INEGI, sólo se denuncian nueve de cada 10 delitos.

Y, sin embargo, que una autoridad tenga conocimiento de un hecho no garantiza que éste se incorpore a las estadísticas. Puede conocerlo mediante un reporte policial, una llamada de emergencia, un operativo, la localización de una víctima o la recuperación de un bien robado, sin que se inicie una investigación, o sin que el caso sea registrado y reportado en la categoría correspondiente.

La alerta sobre posible subregistro no se refiere a la “cifra negra”, la cual ya está reflejada de alguna manera en las encuestas de victimización; se refiere a diferencias relevantes entre las cifras de las fiscalías/Secretariado y otras fuentes oficiales, o cuando hechos documentados en fuentes públicas verificables no encuentran correspondencia en los registros. La alerta no pretende calcular todos los casos “ausentes” ni concluye automáticamente que exista una omisión deliberada; identifica discrepancias concretas que las autoridades deben aclarar.

El contraste más amplio entre el registro de fiscalías y otro registro confiable se encuentra en los homicidios dolosos; es decir, en los asesinatos. En agosto de 2026, el INEGI informó que durante 2025 se registraron 27,989 casos. En cambio, las fiscalías estatales reportaron al SESNSP 24,344 víctimas de homicidio doloso y feminicidio. La diferencia fue de 3,645 personas, cerca de 15% más asesinatos que los reportados por las fiscalías y el  Secretariado. Cabe aclarar que las fiscalías y el SESNSP concentran registros derivados de clasificaciones jurídicas  e investigaciones ministeriales, mientras que el INEGI construye sus estadísticas a partir de certificados de defunción y determina los homicidios de acuerdo a la causa de muerte. Por ello, sus resultados no tienen que ser idénticos y en algunas entidades las fiscalías incluso pueden registrar más víctimas que las contabilizadas inicialmente por el INEGI, como es el caso de Veracruz, cuya fiscalía reportó 995 homicidios dolosos, mientras que el INEGI reportó 793.

Sin embargo, las diferencias son demasiado amplias en algunos estados para dejarlas sin explicación. En el Estado de México, el SESNSP registró 1,575 víctimas de homicidio doloso y feminicidio, mientras el INEGI contabilizó 2,575 defunciones por homicidio: mil casos de diferencia. En Guanajuato, las cifras fueron 2,557 y 3,249, respectivamente; en Sonora, 1,162 frente a 1,634; en Quintana Roo, 307 frente a 536, y en San Luis Potosí, 215 frente a 369.

Estas discrepancias no permiten determinar, por sí mismas, cuál registro es correcto en cada caso. Sí muestran que la evaluación de la violencia homicida puede cambiar de manera considerable según la fuente consultada. También plantean una pregunta elemental: ¿qué sucede con las muertes certificadas como asesinatos por los médicos legistas y los servicios médicos forenses (y reportados por el INEGI) que no encuentran correspondencia en las investigaciones reportadas por las fiscalías al Secretariado?

El subregistro también puede observarse al comparar las estadísticas con hechos específicos. En Sinaloa, el diario Noroeste realiza un seguimiento sistemático de los homicidios a partir de información oficial, reportes periodísticos y casos documentados localmente. Para junio de 2026, el medio contabilizó 159 homicidios dolosos, mientras el SESNSP reportó 116, una diferencia de 43 casos en un solo mes.

La alerta por posible subregistro también procede en el caso puntual de los feminicidios. Durante el primer semestre de 2026, Causa en Común documentó en medios de comunicación asesinatos de mujeres con extrema crueldad —con elementos como tortura o mutilaciones— que superaron los feminicidios reportados oficialmente en once entidades. En Puebla, por ejemplo, se documentaron 15 víctimas de asesinatos con extrema crueldad, mientras la fiscalía reportó cinco feminicidios; en Michoacán, las cifras fueron 16 y siete; en Guerrero, 17 y diez. Quizá no todos los asesinatos de mujeres con crueldad extrema reúnen necesariamente los elementos jurídicos de un feminicidio, y el contraste no pretende equiparar automáticamente ambas categorías. Se señalan estos casos porque ameritan revisar si fueron investigados con perspectiva de género y conocer bajo qué clasificación quedaron registrados.

Sobre todo en el caso de los asesinatos, también existe una dificultad adicional, pues en regiones con altos niveles de violencia, existen “zonas de silencio” donde las amenazas contra periodistas reducen la información disponible. Por tanto, la ausencia de casos en fuentes abiertas tampoco garantiza que el registro oficial esté completo.

Los ejemplos de posible subregistro incluyen otros delitos y, en ocasiones, incluyen una actuación policial exitosa, así anunciada por las propias autoridades. Por ejemplo, en marzo de 2026, diversos medios informaron que cinco posibles víctimas de trata fueron rescatadas durante un operativo en Querétaro. A pesar de ello, la fiscalía estatal reportó cero víctimas de trata durante marzo y durante todo el primer semestre. Puede existir una explicación jurídica o temporal —que la investigación se haya registrado bajo otro delito o se incorporará posteriormente—, pero esa explicación, de existir, no fue dada públicamente.

Algo semejante ocurrió con los robos de vehículos en Nayarit. Después de los episodios de violencia registrados en febrero, la fiscalía estatal informó que había iniciado 171 carpetas de investigación por robo de vehículo; sin embargo, en los datos enviados al SESNSP no se observa, para ese mes ni para el resto del semestre, un volumen que corresponda con la cifra difundida por la propia institución. Otro ejemplo: en Querétaro, en marzo pasado, medios de comunicación dieron cuenta de una persecución policial para recuperar un tractocamión robado y detener a los responsables. Durante ese mes —y en realidad durante todo el primer semestre de este año—, la entidad reportó cero robos a transportistas con violencia. Por su parte, representantes del sector transportista han señalado que reciben alrededor de diez reportes mensuales de este delito.

Un sistema confiable no sólo debe publicar cifras; también debe explicar la clasificación de los casos y el trayecto jurídico de los delitos. Si al hecho de que en el país no se denuncian nueve de cada 10 delitos, se añaden dudas justificadas sobre la confiabilidad de lo que supuestamente se registra, el relato oficial sobre la seguridad pudiera lamentablemente interpretarse como parte de la propaganda de todos los días.

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