La semana pasada murieron 5 bebés (dos niñas y tres niños) en el Hospital General de Zona No. 1 del IMSS en Durango.[1] Al momento en que escribo estas líneas, las autoridades correspondientes no han emitido respuestas satisfactorias a los padres de familia, no han explicado con certeza las causas que llevaron a 11 recién nacidos a cuidados intensivos —se presume que fue una bacteria— y le arrebataron la vida a 5 de ellos. Desde luego, tampoco se han atribuido responsabilidades ni establecido mecanismos de rendición de cuentas o de garantía de no repetición. Ante la gravedad del caso, no podemos más que buscar respuestas y garantías para que nadie más pierda la vida a manos del sistema de salud federal.
Hay que hablar de responsabilidades jurídicas. Porque si bien no se trata de un delito intencional, sí puede haber lugar para la comisión de un delito por omisión. Recordemos la jurisprudencia derivada del caso de la Guardería ABC: no es necesario realizar una acción que “ponga en marcha una cadena causal dirigida a la producción de los resultados materiales prohibidos por la ley”, sino que basta con la “inobservancia de un deber específico de actuar, a fin de impedir tales consecuencias”.[2] Es obligación tanto de las autoridades administrativas como del personal del hospital vigilar las fuentes de peligro y hacerse cargo de sus potenciales daños.[3]
La razón por las que podemos hablar de este tipo de responsabilidad es porque se trata de un riesgo previsible, como demuestra un lamentable caso análogo que se dio entre 2014 y 2015 en el Hospital General Regional No. 1 del IMSS en Culiacán. Una bacteria cobró 14 muertes directamente relacionadas con el caso y hasta 23 documentadas por los familiares de las víctimas, también recién nacidos que estuvieron en cuidados intensivos. En ese caso, Cofepris identificó suciedad en áreas y ropa de cama, falta de capacitación en lavado de manos y deficiencias en la preparación de alimentos y soluciones. En ese caso, el IMSS indemnizó a las familias, pero fue hasta 7 años después del brote que se reconoció públicamente la negligencia que ocasionó la muerte de 23 bebés. En ese asunto, la vía penal no produjo resultados, sino que la reparación llegó por Recomendación de la CNDH y el reconocimiento de negligencia que tardó 7 años en llegar.
Lamentablemente tenemos ese trágico caso como modelo para proceder en la búsqueda de reparaciones y garantías de no repetición. La lección es que la estrategia no puede descansar en una sola vía, ni en una carpeta de investigación sin coadyuvancia activa. Se debe emitir una queja ante la CNDH[4] que corra en paralelo desde un principio y documentar lo que el Ministerio Público no recabe.
En 2018 la CNDH reprochó al IMSS no haber reportado a tiempo las infecciones. En Durango el problema central es el mismo: cuánto tiempo pasó entre la detección de la bacteria, el aviso a las autoridades y el cierre de la unidad. El precedente permite presentar esa demora como una violación a derechos humanos y no como un simple descuido administrativo. Cada día que pasemos sin respuestas ni responsabilidades agrava el caso y pone a más vidas en riesgo. No podemos permitirlo.
[1] Maldonado, Saúl, “Padres de bebés fallecidos en IMSS de Durango acuden a la FGR a presentar denuncia”, El Siglo de Durango, 24 de septiembre de 2026; disponible en: https://www.elsiglodedurango.com.mx/noticia/2026/padres-de-bebes-fallecidos-en-imss-de-durango-acuden-a-la-fgr-a-presentar-denuncia.html.
[2] Tesis:1a./J. 47/2021 (11a.), registro digital: 2023853; disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023853.
[3] Tesis: 1a./J. 45/2021 (11a.), registro digital: 2023852; disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023852.
[4] Fundamento: artículo 102, apartado B, CPEUM; artículos 3, 25, 26 y 40 de la Ley de la CNDH.
Recomendar Nota
