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Simuló CRT consulta y violó procedimiento legal en nueva regulación de medios

Un análisis de MCCI señala que la CRT dedicó apenas 153 palabras y 8 páginas escaneadas para analizar 8,889 comentarios ciudadanos

Bajo una narrativa de consensos, la Comisión Reguadora de Telecomunicaciones (CRT) publicó el viernes por la noche los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias incurriendo en irregularidades procesales, opacidad y una simulación del ejercicio de consulta pública, reveló una investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).

A pesar de que el gobierno federal y la CRT aseguraron públicamente  que las observaciones hechas en la consulta habían sido atendidas y que el texto regulatorio definitivo era de conocimiento público, un trabajo de Leonardo Núñez, de MCCI, demuestra que las autoridades violaron sus propios reglamentos internos para apresurar la aprobación.

Ilegalidad en los tiempos y opacidad en el pleno

De acuerdo con los artículos 26 y 27 de los Lineamientos para consultas públicas de la propia CRT, el organismo regulador estaba legalmente obligado a hacer público el Informe de Consideraciones antes de someter a votación y aprobar la regulación definitiva.

Sin embargo, el informe elaborado por MCCI confirma que los nuevos Lineamientos fueron aprobados en sesión de Pleno el 26 de agosto a las 11:00 horas, mientras que el Informe de Consideraciones no fue generado sino hasta las 21:28 horas de esa misma noche, haciéndose público el 28 de agosto en una edición verspertina publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A la fecha de publicación en el DOF, la CRT ni siquiera había hecho pública el acta, minuta o versión estenográfica de la sesión del Pleno en la que se avaló dicha normativa.

Simuló CRT análisis: 153 palabras para 8,889 comentarios

El análisis de MCCI deja en evidencia la falta de evaluación real sobre la participación ciudadana. El Informe de Consideraciones cuenta con un volumen de 5 mil 393 páginas, de las cuales el 98.9 por ciento (5 mil 331 páginas) consistieron en un simple "copiado y pegado" de los comentarios recibidos.

Para valorar formalmente las 8 mil 889 aportaciones ciudadanas registradas en la consulta, la CRT dedicó apenas 8 páginas (el 0.15 por ciento del total del documento) y un total de 153 palabras.

Asimismo, las autoridades omitieron publicar el desglose de cuántas participaciones fueron a favor o en contra, ocultando el hecho de que el 82.2 por ciento de los participantes manifestaron un rechazo explícito a la medida.

Como barrera adicional a la transparencia, las 8 páginas donde se sintetizó el "análisis" fueron subidas al portal institucional en formato de imagen escaneada, lo que imposibilita la búsqueda directa de texto o auditoría de datos.

Manipulación del debate y retroceso en derechos de la audiencia

Durante las apariciones públicas del Ejecutivo y la CRT, las autoridades centraron el debate exclusivamente en la modificación del artículo 12, omitiendo transparentar los cambios, ajustes o supresiones aplicados a otros 16 artículos del proyecto original.

Al revisar el texto final publicado en el DOF, MCCI identificó un debilitamiento en las garantías defensivas de la audiencia y nuevos obstáculos de acceso:

En el proyecto original la audiencia contaba con tres instancias de inconformidad; el texto final eliminó el artículo 49, reduciendo a dos los momentos de acción y suprimiendo la facultad de la audiencia para objetar el "Análisis de Cumplimiento" presentado por la Defensoría.

Además, señala MCCI, se integró de último momento el requisito obligatorio de presentar una identificación oficial para poder interponer una queja ante los reguladores, restringiendo el acceso libre de la ciudadanía.

De forma silenciosa y sin que fuera solicitado en la consulta pública, añade el análisis, se acotaron las obligaciones de subtitulaje y doblaje exclusivamente para la "radiodifusión", dejando desprotegidos a los usuarios de televisión de paga.

Finalmente, el informe advierte sobre el riesgo de autocensura provocado por los artículos 52 y 53, los cuales otorgan al órgano regulador facultades de supervisión sin un límite explícito.

Esta ambigüedad fue alertada por el 9.9 por ciento de los participantes de la consulta (884 opiniones), quienes señalaron que la sola existencia de un esquema de supervisión punitivo e indeterminado generará un efecto inhibidor sobre periodistas y medios de comunicación, obligándolos a acotar sus líneas editoriales por temor a sanciones administrativas.

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