Cada 9 de agosto, el Día Internacional de los Pueblos Indígenas nos invita a reconocer su diversidad cultural, sus lenguas, sus saberes y sus aportaciones. Pero la conmemoración también debería obligarnos a formular una pregunta menos cómoda: ¿cuánto poder político ejercen realmente los pueblos indígenas?
Su lucha por estar representados en los espacios donde se toman las decisiones no comenzó con las acciones afirmativas ni con las reformas electorales recientes. Es una lucha de siglos contra la exclusión, el despojo y los intentos de asimilación. A pesar de conservar sus instituciones políticas, sus sistemas normativos y sus formas comunitarias de organización, durante mucho tiempo se les negó el reconocimiento oficial y se les mantuvo prácticamente al margen de los congresos y de otros órganos de poder.
Hace más de una década, al concluir mi tesis doctoral, sostuve que México mantenía una deuda con los pueblos y comunidades indígenas en materia de participación y representación política. La Constitución ya reconocía entonces la composición pluricultural de la nación y el derecho de los pueblos a la libre determinación. También ordenaba considerar su ubicación al definir los distritos electorales. Sin embargo, esos avances no garantizaban que las personas elegidas en los llamados distritos indígenas pertenecieran realmente a las comunidades.
Desde entonces hemos avanzado. Se establecieron acciones afirmativas federales y locales; se reservaron candidaturas; se desarrolló la figura de la autoadscripción calificada y se fortalecieron los mecanismos para verificar el vínculo entre una candidatura y la comunidad a la que pretende representar.
Sería injusto negar esas conquistas. Pero también sería ingenuo confundir el avance normativo con la solución del problema.
Las acciones afirmativas han abierto espacios, pero también han generado incentivos para la simulación. Frente a la obligación de postular candidaturas indígenas, algunos partidos han registrado a personas que no pertenecen a las comunidades ni mantienen un vínculo efectivo con ellas. En ocasiones presentan constancias expedidas apresuradamente o por autoridades cuya legitimidad es cuestionada.
Así, una medida creada para corregir una exclusión histórica termina utilizada para prolongarla: el espacio se contabiliza como indígena, pero el poder permanece en las mismas manos.
La autoadscripción debe respetarse como expresión de la identidad personal y colectiva. Cuando alguien pretende ocupar una candidatura reservada mediante una acción afirmativa, debe acreditar una relación real con la comunidad: haber participado en su vida colectiva, prestado servicios, desempeñado responsabilidades o ser reconocido por sus instituciones representativas.
Pero hoy la deuda enfrenta un agravante todavía más preocupante: la inseguridad.
Participar políticamente nunca ha sido sencillo para las personas indígenas. Las distancias geográficas, las barreras lingüísticas, la falta de recursos, la discriminación y el difícil acceso a la justicia han limitado históricamente sus posibilidades. Ahora, en distintas regiones, se suman las amenazas, las agresiones, el desplazamiento y, en ocasiones extremas, la pérdida de la vida.
Donde el miedo condiciona quién puede postularse, quién puede hacer campaña, quién asiste a una asamblea o qué asuntos pueden discutirse, no existe una participación plenamente libre. La violencia no sólo afecta a una persona o altera una elección: modifica la voluntad comunitaria, rompe vínculos colectivos y permite que actores ajenos capturen espacios de decisión.
La situación es todavía más compleja para las mujeres indígenas. Ellas enfrentan simultáneamente discriminación étnica y de género, además de violencia política. La magnitud del problema es reveladora: al 12 de junio de 2025, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género acumulaba 573 registros; 151 correspondían a casos contra mujeres indígenas y afromexicanas, es decir, 25.8%, según información presentada por el Instituto Nacional Electoral ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
En algunos sistemas normativos, además, las reglas de participación y los sistemas de cargos fueron construidos históricamente alrededor de los hombres. Incluso cuando las mujeres son electas, pueden ser relegadas a suplencias o cargos sin atribuciones, privadas de información o impedidas para ejercer efectivamente la autoridad.
La paridad no significa desconocer la autonomía de las comunidades ni imponer mecánicamente las reglas del sistema de partidos. Significa abandonar la falsa disyuntiva entre derechos colectivos e igualdad de género. Una democracia intercultural debe respetar las instituciones comunitarias y, al mismo tiempo, garantizar que las mujeres participen en ellas como ciudadanas y autoridades plenas.
La inclusión formal puede simularse de muchas maneras: con una candidatura indígena sin vínculo comunitario, con una mujer electa sin funciones reales o con una asamblea celebrada bajo amenazas. En todos esos casos, la regla parece cumplirse, pero su finalidad desaparece.
Por eso, el desafío ya no consiste únicamente en reservar más espacios. Es necesario garantizar que sean ocupados por personas con una pertenencia auténtica; que las comunidades intervengan en su reconocimiento; que las mujeres ejerzan los cargos en condiciones de igualdad, y que todas y todos puedan participar sin miedo.
El Día Internacional de los Pueblos Indígenas no debería limitarse a celebrar la diversidad. También debe recordarnos que una democracia pluricultural sólo será verdadera cuando los pueblos indígenas puedan estar, decidir y gobernar con libertad, autenticidad y seguridad.
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