La reciente recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso Ayotzinapa no reivindica a las víctimas, quienes ya manifestaron su más enérgico rechazo o desacuerdo.
Se trata de un pronunciamiento fraudulento, viciado de origen y afectado de nulidad al haberse acordado la reapertura del asunto en cuestión a partir de una reforma al Reglamento Interno del citado organismo nacional, sin contar con el aval del Consejo Consultivo, el cual estaba desintegrado a partir de una serie de diferencias con la titular de dicha institución. Es evidente que el documento carece de rigor técnico-jurídico y de metodología de investigación, pues resulta polémico, agresivo, difamatorio y falaz.
En el citado testimonio documental se cuestiona la labor y el contenido de los informes del Grupo Interdisciplinario de Expertos de la Comisión Interamericana (GIEI) y de la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia (CoVAJ), rendidos en la administración del presidente López Obrador, e incluso se desconoce la anterior recomendación de la CNDH, pretextando que avaló lo que se conoce como "verdad histórica", lo cual es falso.
De igual modo, se alude a aspectos no probados sobre la calidad ética o moral de los expertos internacionales y a conductas aparentemente delictivas de personal de la CoVAJ (compra de testigos). En el mismo tono de confrontación y descalificación, se cuestiona la asistencia otorgada a las víctimas por organismos no gubernamentales de defensa de los derechos humanos que las han acompañado desde 2014.
Cabe tener presente cuántos años tardó la CNDH en elaborar una nueva recomendación, asumiendo la posición más cómoda y sencilla de criticar a partir de un análisis sesgado o la tergiversación de datos. En retrospectiva, casi nadie comete errores, empero la CNDH sí lo hace y eso es sumamente grave.
La citada institución guardó un conveniente y cómplice silencio en su momento, es decir, cuando se dio la liberación de más de 80 integrantes de los Guerreros Unidos por no haberse ofrecido, en tiempo y forma, protocolos de Estambul en la época en que Omar Gómez Trejo encabezó a la Unidad Especial para la Investigación y Litigación del caso Ayotzinapa (UEILCA); y en lo concerniente a los alcances de la sentencia del Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito de Tamaulipas que propició dicha exoneración, dado que en cumplimiento a la misma, el juez Samuel Ventura Ramos dio por ciertos hechos de tortura no probados científicamente.
Lo más revelador del pronunciamiento de mérito es la exclusión del Ejército como institución en calidad de sujeto activo del delito, así como la afirmación de que no está probado el uso de la tortura de forma generalizada; postura que en mi calidad de ex servidor público he sostenido desde hace mucho tiempo y para corroborarlo basta una consulta en internet o fuentes abiertas.
La CNDH interpreta asimétricamente el testimonio de Gildardo López Astudillo, a quien en su momento se otorgó la calidad de testigo colaborador, identificado como "Juan". Así, da por cierto su atestado en lo referente a las imputaciones hacia mi persona —con especial referencia a una supuesta colusión o contubernio con la delincuencia organizada—, pero no cuando imputa a otras autoridades o personas. Se trata de un testimonio singular y de oídas, plagado de yerros e inconsistencias, que probablemente fue aleccionado en la etapa de Omar Gómez Trejo al frente de la UEILCA.
Del mismo modo, el citado organismo no tomó en cuenta que, a la fecha, el sujeto de referencia ha sido reaprehendido, lo cual permite colegir que le fue revocado el criterio de oportunidad que en su momento le fue concedido por falta de credibilidad. Con relación a ello, esto es determinar la idoneidad de lo expuesto por "Juan", resulta toral conocer el estado que guarda la indagatoria que se inició con motivo de su denuncia por tortura, toda vez que así se tendrá absoluta certeza de los alcances de sus declaraciones (primigenias y ampliaciones). De no haber sido torturado, sus primeras manifestaciones serían aparentemente válidas y útiles, como lo fueron de inicio, para sustentar la "verdad histórica"; caso contrario, tendría que determinarse quién o quiénes lo torturaron y con qué finalidad, siendo ahí donde podrían surgir datos para corroborar una inducción o instigación en el entramado de la "verdad alterna" o "antiverdad".
Por lo que hace a mi persona, en carácter de autoridad —es decir, extitular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero (PGJEG)—, la CNDH emplea a conveniencia y dando por cierto el testimonio de Gildardo López Astudillo, sin valorar que se ha "ajustado" o adecuado, momento a momento, a conveniencia de una narrativa que genera muchas dudas. En este sentido, existen al menos 14 acciones dolosas de ocultamiento de información o tergiversación de datos:
1. Se sostiene, equivocadamente, haciendo una interpretación errónea de la ley, que en mi carácter de Procurador debí dar órdenes a las fuerzas armadas, lo cual es improcedente. No se menciona que lo que sí se hizo fue solicitar colaboración o auxilio a la Comandancia Regional de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y a la Policía Federal, a efecto de concentrar a los municipales en el batallón o en la subcoordinación de dicha corporación para no conducirlos al lugar (fiscalía regional) donde estaban las víctimas, y horas después para que se brindara vigilancia perimetral a las instalaciones del Cuartel de la Policía Estatal cuando los Guerreros Unidos pretendieron liberar a los policías detenidos, lo cual puede corroborarse al leer los denominados chats de Chicago o intervenciones telefónicas de la Drug Enforcement Administration (DEA); pedido que, en principio, fue negado, existiendo testimonios, documentos y acuses de recibo que respaldan tal situación.
2. Se afirma, de forma falsaria y veleidosa, que en Guerrero se implementó el mando único y que el gobierno del estado tenía el control sobre las policías municipales; si bien es cierto que se elaboraron los convenios correspondientes, nunca pudo ponerse en marcha tal iniciativa ante la indiferencia o indisposición de diversos municipios, entre ellos Iguala.
3. Se tergiversa información al aducir que no se detuvo oportunamente a Abarca, cuando lo cierto es que se procedió en su contra cuando se contó con señalamientos directos sobre su implicación en los hechos y una vez que se promovió y obtuvo la declaratoria de procedencia o pérdida del fuero. Actuar en sentido contrario le habría dado a esa persona motivos para alegar violaciones al debido proceso y alcanzar su libertad, y habría expuesto al Ministerio Público a responsabilidad penal si lo hubiera detenido sin desaforarlo.
4. Se llega al extremo de dar a entender que tuve vínculos con los Guerreros Unidos desde 2009, cuando en ese entonces laboraba en la CNDH como director de Quejas y Recursos de la Tercera Visitaduría General.
5. Se asevera que miento respecto de mi llegada a la fiscalía regional de Iguala, sin analizar testimonios y constancias ministeriales, así como lo que he expuesto sobre mi traslado a la Ciudad de México la noche del día 26 de septiembre y posterior regreso a Guerrero (Iguala) en las primeras horas del día 27, omitiendo que existen fuentes periodísticas que dan cuenta de que llegué al sitio pasada la medianoche y que eso puede comprobarse a partir de la geolocalización de mi equipo de telefonía y del dicho de diversos excolaboradores.
6. Dolosamente se oculta el Informe Integral que da cuenta de las acciones llevadas a cabo por la PGJEG en la atención del caso, empero, para la elaboración de la recomendación se transcribieron varios párrafos del mismo, esto es, los hicieron propios al hacer la narrativa cronológica de hechos. Al mismo tiempo, se utilizan datos relativos a varias de las patrullas que el Ministerio Público local acreditó que fueron empleadas o conducidas por distintos sujetos activos de delito.
7. La CNDH actual parece desconocer, premeditadamente, las acciones llevadas a cabo por la PGJEG antes y en la atención de los hechos suscitados el 26 y 27 de septiembre de 2014, pues ello resulta importante para establecer que el gobierno estatal denunció con oportunidad ante el federal lo que ocurría en Iguala y que, a partir de ese momento, se trabajó en coordinación en la integración de una averiguación previa que permitió conocer el modus operandi, las zonas de influencia y la estructura de los Guerreros Unidos (GU), con especial referencia a los vínculos de José Luis Abarca con esa agrupación criminal (Objetivos de Atención Especial, 6 de agosto de 2014).
En tanto, por lo que hace a la desaparición de los normalistas, se minimizan las actuaciones emprendidas que permitieron, inicialmente, el rescate y resguardo de 68 jóvenes en la madrugada del día 27, algunos de los cuales aportaron información sensible sobre lo ocurrido, siendo esa la primera versión de ello, y posteriormente la detención y consignación de 33 personas (19 identificadas por algunas de las víctimas como parte de sus agresores), entre estas los mandos de la policía y el presidente municipal de Iguala (autor intelectual), así como la obtención de datos importantes sobre los hechos y la participación de otros sujetos activos: el denominado grupo de "Los Bélicos" y elementos de las corporaciones policiales de Cocula y Huitzuco; o bien, lo referente a la presencia de un grupo de jóvenes en la comandancia de Iguala, quienes fueron puestos a disposición del juez de barandilla (hoy sujeto a proceso de extradición), al igual que la participación de múltiples integrantes de los "Guerreros Unidos", entre ellos uno apodado El Chucky, y lo relativo a los señalamientos sobre distintas rutas de desaparición o destino de las víctimas.
Entre las acciones llevadas a cabo por el Ministerio Público Local contra los "Guerreros Unidos", en ningún momento se menciona la sentencia de 92 años de prisión impuesta a Abarca por el secuestro agravado de Arturo Hernández Cardona y otros, derivada de la actuación de la PGJEG, la cual practicó la mayoría de las diligencias que dieron sustento a la citada sanción; sobre ello, la hija del agraviado hizo un reconocimiento público.
8. Respecto a una supuesta relación entre mi persona y "Los Rojos", cabe acotar que, en 2013 y 2014, en coordinación con la Policía Federal, se detuvo u obtuvieron datos reveladores de cerca de 100 integrantes de esa organización, entre ellos varios líderes visibles: Carmen Nava Romero, alias La Doña; Lizbeth Cantorán Guerrero, alias La Güera Guerrillera; Vicente Jiménez Aranda, entonces oficial mayor de Chilapa; y familiares directos del líder criminal prófugo Omar Cuenca Marino. En este punto, son de destacar los resultados obtenidos y hechos públicos por la PGJEG sobre el secuestro del diputado local Olaguer Hernández Flores y el atentado que sufrió el empresario Pioquinto Damián Huato.
9. Con relación a la versión de que se pretendió hacer pasar unos cuerpos por otros (personas desconocidas por normalistas), conviene precisar que el hallazgo de las fosas y osamentas de Pueblo Viejo en Iguala, se dio a principios del mes de octubre de 2014 tras la detención de cuatro integrantes de "Guerreros Unidos" por parte de la PGJEG. Inicialmente, la Procuraduría General de la República (PGR) se mostró renuente a intervenir, pero posteriormente atrajo el caso, dado que como parte de los acuerdos alcanzados en ese entonces en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, se convino que el registro, seguimiento o investigación del hallazgo de fosas clandestinas estaría a cargo del Ministerio Público de la Federación. En el procesamiento de los sitios de referencia hubo presencia de visitadores adjuntos de la CNDH y en el examen (necropsias) de las osamentas ahí encontradas, participaron peritos de la División Científica de la PF, de la Coordinación de Servicios Periciales de la PGR y de la PGJE, contando con el auxilio expertas forenses argentinas acreditadas como coadyuvantes, quienes analizaron diversos cadáveres con presencia de tejidos blandos expuestos al fuego, útiles para confrontas de material genético (ADN). Los estudios de cronotanatodiagnóstico determinaron que las víctimas fallecieron entre 15 y 30 días antes de su localización y, mediante análisis avanzados de comparación de muestras con los padres de los normalistas, se descartó por completo que se tratara de los estudiantes desaparecidos. Tiempo después, los peritajes identificaron que algunos restos correspondían a una familia secuestrada del Estado de México y otros a personas desaparecidas entre julio y agosto de 2014. La versión del testigo colaborador "Juan", quien afirmó que se ejecutó a 80 indigentes para intercambiar sus cuerpos por los de los normalistas, carece de veracidad y sustento real, ya que no existen denuncias sobre una matanza de tal magnitud. Además, esta hipótesis fue difundida originalmente por Guerreros Unidos en 2014 y documentada por el GIEI. Las declaraciones de "Juan" fueron desacreditadas por la administración anterior de la CNDH, que descartó el supuesto enfrentamiento entre bandas que él mencionó, y por claras contradicciones sobre la hora de llegada de los estudiantes a Iguala. En conclusión, resulta inverosímil intentar hacer pasar unos cuerpos por otros cuando existe tecnología forense para determinar identidad mediante análisis genéticos y eso es, sin duda, del conocimiento de quien cuenta con conocimientos técnicos y experiencia sobre la materia, como es el caso del suscrito.
10. Se oculta o desconoce que conforme a información técnica del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los trabajos de inteligencia y operativos llevados a cabo por la Fiscalía General del estado entre 2013 y 2014 permitieron un abatimiento histórico en los principales índices criminales de alto impacto: Secuestro: disminución del 48%. Homicidios dolosos: reducción del 35%. Robo de vehículos: reducción del 16.7%. Extorsión: decremento del 8.6%.
Si se analiza a detalle lo expuesto, puede observarse que la PGJEG investigó, detuvo y consignó a miembros de los "Guerreros Unidos", donde radica la autoría material e intelectual de lo ocurrido aquella fatídica noche, y que esto guarda en parte correspondencia con los denominados chats de Chicago o intervenciones telefónicas de la DEA, donde se advierte, en tiempo real, el nerviosismo y la reacción de los líderes de los "Guerreros Unidos" ante las actuaciones emprendidas por el Ministerio Público estatal.
11. Es de sumo cuestionable lo concerniente a los supuestos actos de tortura cometidos por la PGJEG, dado que, si así hubiese sido, la PGR debió dejar constancia en la correspondiente puesta a disposición de 4 integrantes de los "Guerreros Unidos" a principios de octubre de 2014 y así se habría asentado en las certificaciones médicas de entrega y recepción de los detenidos. En este sentido, es oportuno señalar lo que concluyó la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas en su informe titulado "Doble Injusticia", a saber, que los actos de tortura que esa instancia documentó fueron posteriores a la intervención del Ministerio Público Estatal.
12. En lo concerniente al acervo videográfico relativo al caso, he expuesto que en su oportunidad di instrucciones para que se obtuvieran los videos del C4, donde había presencia de diversas autoridades pero no de la PGJEG. Parte del material recuperado fue dado a conocer en conferencia de prensa a inicios de octubre de 2014, y en él se advierte la circulación de patrullas y, en la parte posterior de una de ellas, la presencia de civiles que muy probablemente eran normalistas. Existe la correspondiente cadena de custodia.
Adicionalmente, respecto de la supuesta pérdida de un video atribuible a mi persona, es oportuno puntualizar que la fuente de esa información es un ex mando de la Policía Ministerial estatal que encabezó el frustrado operativo de localización y presentación de Abarca, contra el cual di órdenes para que se iniciara una carpeta de investigación a fin de determinar una serie de irregularidades en el desarrollo de la acción descrita, siendo ello, muy probablemente, lo que motivó (ánimo de venganza) la versión en comento. En tal sentido, cabe preguntar por qué no se elaboró el informe policial correspondiente o, al menos, obtuvo un acuse de recibo. En este tenor, suponiendo sin conceder, es procedente inquirir y acotar qué objeto tendría una acción de ocultamiento o destrucción del video de referencia cuando, por el contrario, se investigó realizaron o llevaron a cabo decenas de acciones en contra de los "Guerreros Unidos" desde muchos meses antes de lo ocurrido en Iguala el 26 y 27 de septiembre, entregando al gobierno federal reportes o informes puntuales, y cuando se detuvo y consignó a 33 personas en calidad de activos de la desaparición de los estudiantes, entre ellos a José Luis Abarca, a quien se investigó puntualmente en el caso Hernández Cardona, además de haber vinculado a las indagatorias a otros sujetos, a través de la identificación de los integrantes del denominado grupos "Los Bélicos" o de quienes hoy se sabe jugaron un papel importante en la desaparición de los estudiantes como Francisco Salgado Valladares alias el Valla, Ulises Bernabé García alias El Gay y Eduardo Joaquín Jaimes alias el Chucky.
13. Por otra parte, en lo concerniente a la actuación de la PGJEG, debe tenerse presente que derivado de las detenciones locales de operadores de "Guerreros Unidos" como Honorio Antúnez Osorio y Marco Antonio Ríos Berber, se supo que parte de los normalistas fueron concentrados en la comandancia de Iguala (ante el oficial de barandilla Ulises Bernabé García), que estos y otros jóvenes fueron separados por distintas células de los "Guerreros Unidos" y que existieron de diversas rutas de desaparición. Esta premisa de dispersión —la cual contrasta con la tesis federal del basurero de Cocula— fue retomada en al menos 14 menciones explícitas dentro de los informes más recientes del gobierno mexicano y/o la CoVAJ.
Todo lo anterior, acorde con la manipulada adminiculación de datos de la actual CNDH, parece haber sido parte de un complot para generar una percepción no acorde a la realidad conocida como “verdad histórica” que después fue combatida y desestimada para conformar una “nueva verdad”, “verdad alterna" o "antiverdad".
Frente a esta situación, la pregunta obligada es a quién favorece este planteamiento. Una postura de este tipo no ayuda a resolver el episodio más trágico de nuestra historia moderna; al contrario, complejiza el panorama y lastima nuevamente la dignidad de las víctimas directas.
No debemos olvidar que fue esta CNDH la que impulsó o propuso retomar la hipótesis del segundo disparador en el caso Colosio y lo referente a la supuesta tortura de Mario Aburto Martínez (autor material confeso); hipótesis que hoy ha sido totalmente descartada tanto por la FGR como por el Poder Judicial. Por ello, sus pronunciamientos, desde mi punto de vista, deben ser analizados a detalle y con absoluta reserva.
Los tiempos actuales no admiten la generación de espacios para la ineptitud. Cuando el derecho y la política se confrontan, regularmente triunfa la política en detrimento de la verdad y la justicia. No a la “mentira histórica de la CNDH”.
Recomendar Nota
