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El Tribunal Electoral que siempre falla a favor del poder político

Una vez más, el Tribunal Electoral resolvió en favor del poder organizado y en contra de un ciudadano. Cuando el poder político y los derechos individuales chocan ante la Sala Superior, el resultado es que gana el partido y pierde la persona.

La Sala Superior resolvió que Morena no cometió ninguna infracción al incluir la imagen de Ricardo Salinas Pliego en un promocional de televisión en el que una voz afirma que "hay quienes ven a México como un botín que pueden entregar"[1]. Para el tribunal, aquello fue una expresión política protegida. Pero no se trataba de una publicación en redes ni de una columna de opinión. Era propaganda partidista transmitida mediante tiempos oficiales, con recursos pagados por la ciudadanía.

No estaban discutiendo dos personas en igualdad de condiciones. De un lado estaba un particular; del otro, un partido político usando un espacio público financiado por todos. Nadie diría que Ricardo Salinas es una figura indefensa. Pero tampoco por eso deja de tener derechos frente al poder. Que sea conocido, poderoso o polémico no cambia la naturaleza del problema. La pauta en radio y televisión es un recurso escaso, asignado para cumplir una finalidad democrática, no para que los partidos lo usen como escaparate para señalar personas. El tribunal, sin embargo, trató el asunto como si la notoriedad pública de alguien cancelara sus derechos.

La pregunta no era si Morena podía criticar a Salinas Pliego —claro que podía—, sino si podía hacerlo con tiempos oficiales, fuera de campaña y sin proceso electoral. Esa era la cuestión central. Y es justo la que el tribunal prefirió no estudiar. Ser una figura pública no significa renunciar a todos los derechos, y la exposición pública no autoriza cualquier uso de la imagen de una persona, menos cuando intervienen recursos estatales.

El precedente que deja esta sentencia es más peligroso que el caso concreto. Hoy se aplica a un hombre con poder económico y presencia mediática. Pero la lógica del Tribunal no tiene ese límite; cualquier persona con notoriedad pública —un activista, un periodista, un académico crítico, un empresario— queda expuesta a ser incorporada en propaganda partidista sin su consentimiento y sin que el Estado ponga freno.

No es la primera vez. La Sala Superior tiene un historial de resoluciones en las que, cuando el poder político está de por medio, los derechos de la ciudadanía ceden. Las garantías individuales se subordinan al interés partidista. Un órgano que resuelve reiteradamente en esa dirección deja de ser árbitro y se convierte en instancia de validación del poder.

El problema de fondo no es solo esta sentencia, sino el modelo. El sistema de comunicación política mexicano fue diseñado para democratizar el acceso a los medios y reducir el peso del dinero en las campañas. En la práctica, se convirtió en un altavoz permanente para los partidos, financiado por la ciudadanía y con límites cambiantes, según el momento y las cercanías del tribunal. 

Ese modelo necesita reformarse. No para silenciar a los partidos ni para impedir la crítica política, sino para establecer con claridad qué puede y qué no puede hacerse con recursos públicos fuera de los periodos electorales. Y para garantizar que quien resuelva estas controversias lo haga pensando en los derechos de la ciudadanía, no en la comodidad de avalar al poder.

Mientras eso no ocurra, el sistema de comunicación política no será un instrumento democrático, sino una prerrogativa del poder disfrazada de debate público. Ese es el verdadero problema; no Ricardo Salinas, no Morena, no un spot aislado. El problema es el tribunal que, cada vez que debe poner límites al poder, termina explicando por qué el poder tenía razón.


[1] SUP-PSC-34/2026, resuelto por la Sala Superior del TEPJF, el 23 de junio de 2026.

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