Se cumplió la primera parte del proceso de aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2027. La Cámara de Diputados aprobó iniciativa del Ejecutivo con un cambio -en un artículo transitorio- para extender un estímulo fiscal de condonación del 100 % de las multas y recargos como de los gastos de ejecución, a todos los contribuyentes con adeudos fiscales de 2025 y anteriores, pero con la condición de que se regularicen y realicen el pago total en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2027. La idea del estímulo es mejorar la recaudación y formalización de contribuyentes.
Se estima que el incremento de los Ingresos Presupuestarios (sin deuda) será de 1.7% real, apoyado por aumentos en la recaudación de Impuestos (3.9%), Cuotas y aportaciones a la seguridad social (6.1%) y Derechos (9.3%). Las demás fuentes de ingresos como Aportaciones, Productos y Aprovechamientos irán a la baja.
La iniciativa aprobada (que pasa a revisión al Senado), descansa en la captación de Ingresos Tributarios por 6.3 billones de pesos de los cuales más de la mitad, 52% provendrán de los impuestos sobre el ingreso y 28% de los correspondientes al consumo. Por su parte el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios aportará otro 13%.
Entre la Ley de Ingresos aprobada para 2018 y la iniciativa en curso 2027, los Ingresos Presupuestarios habrán crecido en términos reales 34%. En su composición, los Impuestos alcanzarán un crecimiento de 41%, los Derechos de 154%. y los Aprovechamientos de 86%. En este periodo, el crecimiento del ingreso vía Impuestos alcanzará aumentos de 40% en el ISR, 34% en el IVA, 31% por IEPS y 227% por gravámenes a la importación. Mientras que la recaudación a través de impuestos habrá aumentado en el 41% mencionado, el Costo Financiero de la Deuda Pública (Deuda pública más Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca más Costos Financieros de Pemex y CFE) tendrá un aumento en el periodo de nueve años de 62%, llegando a 1.3 billones de pesos, una quinta parte del ingreso tributario.
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