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Información para decidir con libertad

DISCUSIÓN: El control del flujo informativo

La censura en México ha pasado de la prohibición directa a un control sofisticado mediante mecanismos sutiles —medidas como el lawfare, el retiro exprés de contenidos por derechos de autor, uso instrumental de leyes de violencia política de género y un regulador de telecomunicaciones subordinado al Ejecutivo— que invitan a la autocensura. A esto, se suma la estigmatización desde las Mañaneras, donde el gobierno se erige como 'tribunal de la verdad' y publica listas de periodistas críticos.

Rodrigo Castaneyra Hernández

El 9 de abril de 1850, Francisco Zarco publicó en el periódico El Demócrata una postura que definiría el pensamiento liberal mexicano frente a los intentos del régimen conservador por amordazar la opinión pública: “El único juez del escritor es la opinión de sus conciudadanos [...] Tal vez nos equivocamos, pero creemos que en la democracia debe haber una libertad absoluta para escribir y que nada tan augusto ni tan sagrado que no pueda ponerse a discusión”. Casi dos siglos después la trinchera es la misma, pero la aduana de la censura se ha sofisticado. 

A estas alturas de la historia mexicana, hay que abandonar la idea de que la censura opera sólo por medio de la violencia física o la llamada directa de un funcionario de alto nivel para silenciar una opinión. Por si fuera poco, México sigue siendo uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo pese a que “no hay periodo más libre para ejercer la libre expresión que el de ahora”, parafraseando a la actual presidenta.

Este conjunto de tácticas —que relatores internacionales de derechos humanos y organizaciones como Artículo 19 clasifican bajo el término lawfare o acoso judicial— busca desgastar, desviar recursos y forzar la autocensura de las voces críticas mediante la aplicación selectiva de la ley. En otras palabras: no busca censurar a los medios de comunicación, quiere que ellos mismos se censuren. El mecanismo es invisible para la mayoría de los ciudadanos, pero sumamente letal para las redacciones independientes y opositoras. 

La transición al control sofisticado

En México se pueden identificar cuatro mecanismos para controlar el discurso mediático. El primero es el desgaste financiero. La fórmula es la siguiente: una figura pública o funcionario de alto nivel es señalado en un reportaje o columna de opinión; en lugar de ofrecer datos que desmientan la investigación, se recurre a los tribunales civiles para exigir indemnizaciones económicas desproporcionadas por supuestas afectaciones a la reputación. La fórmula funciona por un desgaste asimétrico. El objetivo de estas demandas no es ganar el juicio en una sola audiencia, sino prolongar el litigio durante cinco, ocho o diez años en tribunales de primera y segunda instancia, lo que genera un costo financiero altísimo para cualquier periodista o medio local. O bien los recursos que deberían destinarse al quehacer periodístico se desvían al pago de abogados, peritajes y trámites judiciales. Este mecanismo produce lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la doctrina interamericana denominan el efecto inhibitorio (chilling effect), es decir, ante la amenaza de enfrentar la ruina financiera y un desgaste emocional de años por escribir una sola frase crítica, los editores y reporteros optan por moderar su tono, omitir nombres o, sencillamente, dejar de investigar ciertos temas de corrupción pública. La ley civil se convierte así en una mordaza de baja intensidad, pero muy efectiva.

La censura rápida es una segunda forma de control. Se trata de la reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor bajo el marco del T–MEC, la cual incorporó el mecanismo conocido como notificación y retirada (notice and takedown). Como advirtieron en su momento colectivos de derechos digitales como la coalición Ni Cloroformo Ni Censura, esta regla obliga a los proveedores a retirar material ante una simple queja. La fórmula del mecanismo permite desaparecer reportajes incómodos en las horas críticas de publicación; es decir, si un usuario alega que un contenido en Internet infringe sus derechos de autor, el proveedor de servicios o la plataforma digital (léase Youtube, Facebook, Instagram o cualquier servidor web) está obligado a retirar el material de forma inmediata para no ser legalmente responsable de la infracción sin necesidad de que un juez revise el caso con antelación. Para cuando el periodista logra demostrar que ese material es legal por tratarse de información pública o ejercicio periodístico, la noticia ya perdió el impacto inmediato.

La tercera vía, documentada con preocupación por analistas jurídicos y periodistas, es desvirtuar los marcos legales diseñados para causas legítimas. Me refiero al uso instrumental de las leyes de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género a través de los Procedimientos Especiales Sancionadores tramitados ante las autoridades electorales. El diseño original de esta ley buscaba garantizar que las mujeres participaran en la vida pública sin ser objeto de discriminación, agresiones o campañas de desprestigio basadas en su género. Sin embargo, en el ecosistema de la discusión pública, funcionarias, legisladoras y gobernantes han utilizado este andamiaje legal para blindarse contra el escrutinio de su gestión pública y la rendición de cuentas. Cuando un reportero publica una investigación sobre desvío de recursos públicos, nepotismo o ineficiencia administrativa que involucra a una funcionaria o la esposa de alguno, la respuesta no es la aclaración, sino presentar una queja por violencia de género ante las autoridades electorales. Así, los órganos en la materia han ordenado de manera exprés la remoción de columnas de opinión, exigido disculpas públicas forzadas e inscrito a periodistas en padrones de agresores civiles. El resultado es que la crítica legítima al ejercicio del poder queda paralizada por el temor a enfrentar sanciones electorales y el estigma público.

El último eslabón se consolida en el ámbito de la radiodifusión y telecomunicaciones. Con la desaparición de los órganos autónomos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones como entidad subordinada de forma directa al Poder Ejecutivo, el Estado recuperó la facultad de intervenir de manera directa en las barras programáticas de los concesionarios de radio y televisión. Los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias ilustran de manera perfecta esta forma de control disfrazada de protección ciudadana. Bajo conceptos sumamente ambiguos y laxos como ‘información veraz’, ‘descontextualizada’ o ‘inexacta’, el Gobierno Federal se atribuye la facultad de fiscalizar y evaluar el contenido de los informativos y programas de opinión. Su poder coercitivo radica en las sanciones económicas que la nueva comisión tiene la facultad de imponer: multas de hasta el 1% de los ingresos anuales de la empresa concesionaria. No está de más preguntarnos si esta misma comisión regula las conferencias mañaneras. 

Para cualquier empresa de radiodifusión, la suma de estos mecanismos censores representa un impacto financiero catastrófico que compromete su viabilidad operativa. Riesgo que promueve la autocensura dentro de las direcciones editoriales y los concesionarios, quienes a la larga preferirán no emitir investigaciones de fondo, limitar los espacios de debate político o prescindir de periodistas críticos antes que arriesgarse a una sanción económica multimillonaria dictada con criterios discrecionales desde una oficina gubernamental subordinada al Ejecutivo.

Con ello, el Estado mexicano ha conseguido afianzar un control indirecto y sumamente efectivo sobre el flujo editorial del país, logrando que sean las propias empresas de comunicación las que ejecuten el trabajo de censura para proteger sus balances financieros.

El tribunal de la verdad

Hay otro mecanismo que opera a plena luz del día: las conferencias mañaneras. En lugar de ser una plataforma democrática de rendición de cuentas y transparencia, el Poder Ejecutivo las emplea en favor de su narrativa. Estas ruedas de prensa funcionan como una tribuna donde el Ejecutivo asume la atribución unilateral de decidir qué información es verídica, cuál es falsa y qué intenciones se ocultan detrás de cada pieza periodística. Recientemente, el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de California en Berkeley presentó una base de datos consultable que registra las declaraciones emitidas en este espacio contra periodistas, personas defensoras y organizaciones de la sociedad civil entre diciembre de 2018 y septiembre de 2024.

Este control no se ejerce prohibiendo la publicación de notas incómodas, sino destruyendo a quienes las firman. En junio de 2021, este método de confrontación directa se institucionalizó con el lanzamiento del segmento “Quién es quién en las mentiras”. La dinámica consistía en exhibir capturas de pantalla de reportajes críticos, columnas de opinión y tweets, catalogándolos bajo el sello de ‘falso’ o ‘mentira’, sin necesidad de ofrecer pruebas técnicas o documentales que respaldaran tal calificativo.

Con el paso del tiempo, el discurso oficial ha modificado sus etiquetas para revestirse de una supuesta legalidad institucional. Lo que antes se presentaba de manera informal como el desmentido de noticias falsas, hoy se agrupa bajo el programa “Derecho de réplica". Paradójicamente, el derecho de réplica es una garantía constitucional legítima e indispensable, diseñada para que los ciudadanos comunes puedan defenderse del poder o de la difamación de los medios de comunicación; sin embargo, el régimen invirtió los términos de la ecuación. El sujeto regulado, el gobierno, que dispone de todo el aparato de difusión del Estado, utiliza la réplica no como un mecanismo de defensa, sino como una plataforma de ataque y estigmatización dirigida contra periodistas y medios. 

Mientras el gobierno utiliza las Mañaneras para difundir datos inexactos o descalificar trayectorias periodísticas, niega de facto el derecho de réplica real a los aludidos. La réplica, por lo tanto, se convierte en un monopolio del poder, donde el Estado replica a la prensa, pero ésta no puede replicar al Estado.

La institucionalización de este control editorial, a partir del derecho a las audiencias y la cercanía con la comisión reguladora, determina una contradicción de fondo: mientras se afianza un andamiaje legal punitivo para exigir precisión y ‘contexto’ a los medios, no existe ningún tipo de control, regulación o código ético aplicable a las falsedades y difamaciones que se emiten desde las Mañaneras del gobierno. El Estado impone un estándar de verdad a las audiencias que él mismo se niega a cumplir, asegurando así un flujo informativo donde sólo la narrativa oficial goza de inmunidad legal.

La paradoja de las listas

La evolución de estos mecanismos de control legal y administrativo tiene su manifestación más depurada y reciente en la creación de listas de periodistas y medios independientes desde la propia estructura del Estado. El mecanismo ya no opera a través de la censura de un texto o comentario en específico, sino en la desacreditación sistémica de quienes los producen.

En una de las Mañaneras la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, expuso públicamente una lista detallada con los nombres de 54 periodistas, intelectuales y medios de comunicación. La acusación inicial, transmitida en cadena nacional, fue tajante: este grupo constituía la ‘primera capa’ de un ecosistema digital diseñado de manera artificial para coordinar ataques contra la administración federal. La paradoja del control blando se reveló apenas 24 horas después. Ante la reacción de la opinión pública, la propia funcionaria publicó un video en redes sociales para matizar y contradecir su propia presentación del día anterior, descartando que los periodistas señalados formaran parte de una red conspirativa. En su rectificación, Alcalde afirmó que “una noticia, una opinión o una publicación se puede emitir por un periodista o medio [...] eso no significa que esa persona forme parte de ninguna operación”, trasladando la responsabilidad de la manipulación a los trolls y cuentas pagadas que amplifican la información una vez publicada.

Este vaivén de señalamientos y retractaciones no es un error; es el engranaje del control informativo moderno en su máxima expresión. La fórmula funciona porque el impacto político y social del descrédito ocurre en la transmisión matutina, frente a millones de espectadores, mientras que la aclaración jurídica e institucional se relega a un video secundario en redes sociales. El Estado siembra la sospecha y marca a sus críticos ante la ciudadanía sin asumir las consecuencias legales de una acusación formal.

Los posibles futuros

La idea de que el Estado debe intervenir para garantizar que la ciudadanía reciba información verdadera, no es una innovación mexicana. Al contrario, es una idea que ha sido probada con éxito en otros contextos. El patrón se ampara bajo una retórica noble de protección frente a la desinformación. Los regímenes diseñan tribunales de la verdad que, de facto, convierten la línea editorial en un asunto de Estado.

El ejemplo más crítico en América Latina tuvo lugar en el Ecuador de Rafael Correa con la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación en 2013. Aquella ley, calificada en su momento como la peor ‘ley mordaza’ del continente por organismos internacionales, incluyó exactamente el mismo lenguaje que hoy escuchamos en México: el derecho ciudadano a recibir información “veraz, verificada, contextualizada y oportuna”. Para vigilar este estándar, el correísmo creó la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), un órgano regulador sin autonomía que funcionó como un tribunal inquisidor. La Supercom se dedicó a multar de manera sistemática a los medios que publicaban investigaciones sobre corrupción gubernamental bajo el argumento de que sus notas “carecían de veracidad” o estaban “descontextualizadas". El resultado no fue una prensa más ética, sino la asfixia financiera de decenas de estaciones de radio y periódicos independientes, así como un clima de autocensura donde la información pasó de ser un derecho a ser decretada como un ‘servicio público’ regulado por el gobierno. 

El peligro de judicializar la veracidad de la información no se detiene en las multas administrativas; su evolución natural es la criminalización directa. En Turquía, bajo el régimen de Recep Tayyip Erdoğan, el control de la prensa transitó de la censura indirecta al encarcelamiento masivo de periodistas. En años recientes, el gobierno turco aprobó la llamada ‘ley de desinformación’ (mediante la incorporación del Artículo 217/A al Código Penal), que castiga con penas de cárcel la difusión de información “falsa o engañosa” que, a criterio del gobierno, amenace el orden público o la seguridad nacional. Al amparo de esta ley, periodistas de investigación han sido detenidos y encarcelados de forma preventiva sólo por reportar sospechas de corrupción en administraciones locales o documentar protestas sociales.

Como advierte Leopoldo Maldonado, relator para el derecho a la información de las Naciones Unidas, la imposición de este tipo de legislaciones coloca a México en la ruta de autocracias consolidadas como Nicaragua, Cuba, Tailandia o Sudán, donde la discrepancia fáctica con el Estado se castiga como traición o desestabilización.

El riesgo para México no es que un censor del gobierno se siente en las cabinas de radio o en las mesas de redacción a dictar qué se publica. El riesgo real es mucho más sutil y administrativo: que a través de la amenaza de la multa del 1% de sus ingresos, el asedio en listas públicas y la desaparición de herramientas de transparencia como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales , el Estado consolide un sistema de autocensura inducida. Cuando las empresas concesionarias y los periodistas descubran que investigar al poder es económicamente inviable y legalmente peligroso, el control de la línea editorial dejará de ser una sospecha para convertirse en un hecho consumado. En ese momento habremos transitado de la pelea histórica por la libertad de escribir que defendía Zarco, a un régimen donde la verdad es, por ley, un monopolio exclusivo del gobierno.

*Rodrigo Castaneyra Hernández. Académico de tiempo completo en la Universidad Iberoamericana. Es Doctor en Ciencias Políticas y Sociales y Maestro en Bibliotecología por la UNAM, institución donde también es profesor de asignatura.


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