Tras varios días de especulaciones, EU revela memorando de entendimiento con Irán
La Aurora
17/06/2026
Un alto funcionario estadounidense leyó el documento de 14 puntos que se firmará el próximo 19 de junio en Suiza
Crédito: @WhiteHouse
El gobierno de Estados Unidos dio a conocer este miércoles el contenido del memorando de entendimiento alcanzado con Irán, un documento que sienta las bases para una nueva ronda de negociaciones entre ambos países.
Durante una sesión informativa, un alto funcionario estadounidense presentó los 14 puntos del memorando, que contemplan la reapertura de Ormuz, la flexibilización de determinadas restricciones financieras impuestas a Teherán y una hoja de ruta para abordar el programa nuclear.
“Se trata fundamentalmente de un acuerdo que nos permite abrir el estrecho de Ormuz de inmediato, comprometer a los iraníes a destruir el polvo nuclear y, además, nos ofrece un mecanismo de contingencia: si los iraníes mejoran su comportamiento, nosotros respondemos aumentando el tipo de alivio económico y de sanciones que puede convertirlos en un país más próspero”, sostuvo.
Asimismo, entre los puntos más destacados figura el compromiso de Washington de permitir que Teherán retome la venta de petróleo y productos petroquímicos en los mercados internacionales.
Las dos partes se preparan para firmar el acuerdo el próximo 19 de junio en Suiza, lo que activará un periodo de 60 días destinado a establecer los términos definitivos del pacto.
Cabe destacar que el presidente Donald Trump sostuvo este miércoles que el memorando "no es definitivo" y que reanudaría los ataques si la República Islámica "no se comporta".
A continuación se presentan los 14 puntos íntegros acordados el fin de semana por Estados Unidos e Irán:
Memorando de Entendimiento de Islamabad entre Estados Unidos y la República Islámica de Irán
Estados Unidos y la República Islámica de Irán, junto con sus aliados en la guerra actual, firman este Memorando de Entendimiento para declarar la terminación inmediata y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluyendo el Líbano, y se comprometen a partir de ahora a no iniciar ninguna guerra ni operación militar entre sí, a abstenerse de amenazar o usar la fuerza mutuamente y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del Líbano. El acuerdo final confirmará la terminación permanente de la guerra en todos los frentes, incluyendo el Líbano, y demás disposiciones de este párrafo.
Estados Unidos y la República Islámica de Irán se comprometen a respetar la soberanía e integridad territorial del otro y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.
Estados Unidos y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar el acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por mutuo acuerdo.
Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, Estados Unidos comenzará a levantar el bloqueo naval y cualquier obstáculo o perturbación contra la República Islámica de Irán, y lo pondrá fin por completo en un plazo de 30 días. Durante este periodo, el tráfico marítimo se restablecerá en proporción al tráfico previo a la guerra en la República Islámica de Irán. Estados Unidos se compromete además a retirar sus fuerzas de las proximidades de la República Islámica de Irán en un plazo de 30 días tras la firma del acuerdo final.
Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán hará todo lo posible para garantizar el paso seguro y gratuito de buques comerciales durante 60 días, desde el Golfo Pérsico hasta el mar de Omán y viceversa. El tráfico de buques comerciales comenzará de inmediato y, considerando la necesidad de eliminar los obstáculos técnicos y militares y realizar el desminado por parte de la República Islámica de Irán, se implementará en un plazo de 30 días. La República Islámica de Irán dialogará con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los servicios marítimos en el estrecho de Ormuz, en consulta con otros Estados ribereños del Golfo Pérsico, en conformidad con el derecho internacional aplicable y los derechos soberanos de los Estados ribereños del estrecho de Ormuz.
Estados Unidos se compromete, junto con sus socios regionales, a elaborar un plan definitivo y consensuado, con un presupuesto mínimo de US$ 300.000 millones, para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán. El mecanismo para la implementación de este plan se definirá como parte de un acuerdo final en un plazo de 60 días. Estados Unidos otorgará todas las licencias, exenciones y permisos necesarios para las transacciones financieras pertinentes.
Estados Unidos se compromete a poner fin a todo tipo de sanciones contra la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, resoluciones de la Junta de Gobernadores del OIEA, todas las sanciones unilaterales estadounidenses, primarias y secundarias, según un calendario acordado como parte del acuerdo final. La República Islámica de Irán y Estados Unidos reconocen la importancia crucial del tema del levantamiento de las sanciones antes mencionado y expresaron su intención de abordar de inmediato estas cuestiones en las negociaciones para lograr un acuerdo mutuo al respecto.
La República Islámica de Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Estados Unidos y la República Islámica de Irán han acordado resolver la disposición de su arsenal de material enriquecido mediante un mecanismo que se acordará mutuamente, en conformidad con el calendario mencionado en el párrafo siete, con la metodología mínima de desnaturalización in situbajo la supervisión del OIEA. Ambas partes también acordaron debatir la cuestión del enriquecimiento y otros asuntos mutuamente acordados relacionados con las necesidades nucleares de la República Islámica de Irán, sobre la base de un marco satisfactorio que se acordará en el acuerdo final. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este párrafo y la República Islámica de Irán reconoce la importancia crucial de las cuestiones nucleares por encima de las misiones. Expresan su intención de abordar de inmediato estas cuestiones en las negociaciones para lograr un acuerdo mutuo al respecto.
A la espera del acuerdo final, Estados Unidos y la República Islámica de Irán acuerdan mantener el statu quo. La República Islámica de Irán mantendrá el statu quo actual de su programa nuclear, y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.
Estados Unidos se comprometen a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta la finalización de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitirá exenciones para la exportación de petróleo crudo iraní, productos derivados del petróleo y todos los servicios asociados, incluidas las transacciones bancarias, los seguros, el transporte, etc.
Estados Unidos se compromete a poner a disposición los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán una vez implementado este Memorando de Entendimiento. Estados Unidos y la República Islámica de Irán acordarán mutuamente los procedimientos para la liberación de estos fondos durante las negociaciones. Dichos fondos, ya sea mediante la obtención de la cuenta original o mediante transferencia, se pondrán a disposición para el pago a cualquier beneficiario final designado por el Banco Central de la República Islámica de Irán. Estados Unidos se compromete a emitir todas las licencias y autorizaciones necesarias.
Estados Unidos y la República Islámica de Irán acuerdan que se establecerá un mecanismo ejecutivo para supervisar la correcta aplicación de este Memorando de Entendimiento y el cumplimiento futuro del acuerdo final.
Después de la firma de este Memorando de Entendimiento, y sujeto al inicio de la implementación de los párrafos 1, 4, 5, 10 y 11 de este Memorando de Entendimiento, y la implementación continua de estas medidas, Estados Unidos y la República Islámica de Irán comenzarán negociaciones sobre el acuerdo final exclusivamente sobre los demás párrafos.
El acuerdo final será ratificado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.