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SRE confirma órdenes de aprehensión contra Rocha Moya y nueve cercanos; asegura no hay pruebas

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que recibió el pasado 28 de abril a las 18:00 horas un conjunto de solicitudes de extradición por parte del Gobierno de Estados Unidos, en un caso que involucra, entre otros, al gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, y a nueve personas de su círculo cercano.

En un posicionamiento oficial, la Cancillería detalló que, conforme a lo establecido en la Ley de Extradición Internacional, la documentación fue turnada a la Fiscalía General de la República (FGR), instancia responsable de evaluar si existen elementos suficientes para proceder con las solicitudes de detención provisional con fines de extradición.

La dependencia subrayó que, tras una revisión jurídica inicial en el marco del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, los documentos entregados por la Embajada estadounidense no contienen pruebas que permitan acreditar, en esta etapa, la responsabilidad de las personas señaladas. No obstante, precisó que será la FGR la que determine, conforme al sistema jurídico mexicano, si existen elementos probatorios que sustenten dichas solicitudes.

El pronunciamiento de la SRE ocurre en medio de la tensión generada por la difusión pública de estas órdenes de aprehensión, situación que la propia Cancillería calificó como irregular.

En este sentido, anunció que enviará un extrañamiento a la representación diplomática de Estados Unidos por la forma en que se dio a conocer la información, al considerar que los tratados internacionales vigentes establecen disposiciones claras sobre la confidencialidad de este tipo de procesos.

Hasta el momento, no se ha informado sobre acciones judiciales inmediatas en territorio mexicano. El caso queda ahora en manos de la Fiscalía, que deberá analizar la consistencia de las solicitudes y su apego a derecho antes de cualquier eventual detención o trámite de extradición.

Este episodio abre un nuevo frente en la relación bilateral en materia de cooperación judicial, al tiempo que coloca bajo escrutinio los mecanismos de intercambio de información y el respeto a los protocolos establecidos entre ambos países.

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