En el Fausto de Goethe, el pacto se sella tras una negociación con Mefistófeles. Hastiado del saber libresco y de una vida que ha dejado de ser plena, Fausto acepta un trato singular. No vende su alma a cambio de conocimiento o placer sin más, sino que apuesta: si alguna vez llega a sentirse tan satisfecho con un instante que quiera detenerlo y decirle “permanece, eres tan bello”, entonces habrá perdido y su alma pertenecerá al diablo. Mefistófeles se compromete a servirle en esta vida; Fausto, a servirle en la otra si la apuesta se cumple. El pacto se firma con sangre, y de ahí en adelante el demonio lo conduce por una serie de experiencias —el rejuvenecimiento, el amor por Margarita, el poder— que constituyen el desarrollo trágico de la obra.
Este pasaje viene a cuento a propósito del artículo que José Ramón Cossío publicó el 12 de mayo de 2026, en El Universal, y que se titula: La calidad educativa en la Suprema Corte. En él, analiza la resolución del amparo en revisión 419/2025, en la que la SCJN declaró válido el acuerdo 10/09/23 de la SEP sobre evaluación del aprendizaje en educación básica; su crítica de fondo es que la Corte no realizó la operación interpretativa que le correspondía —no desentrañó qué significa la “excelencia educativa” del artículo 3º constitucional— y sustituyó esa tarea por referencias a Finlandia, Dinamarca y la OCDE, además de validar el acuerdo a partir de su propio contenido, en lo que Cossío identifica como un método interpretativo que somete el control de regularidad constitucional a elementos ajenos a la Constitución. El comentario del ministro en retiro me hizo volver al 15 de septiembre de 2024, fecha en que se publicó la reforma constitucional en materia judicial, gracias a la cual se sustituyó la idoneidad técnica y la independencia de los juzgadores por la popularidad y la lealtad política. Acaso ese día nos ocurrió lo que a Fausto: vendimos nuestra alma al diablo.
En su libro La teoría constitucional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Cossío Díaz criticó a la Corte de entonces por sustituir la interpretación constitucional por una autorrepresentación —la fórmula “somos un tribunal constitucional”— que operaba como sucedáneo de teoría y justificación última de sus decisiones. El caso de la SEP revela una regresión escandalosa: si antes la sustitución era por la noción de “tribunal constitucional”, ahora es por referencias a Finlandia, Dinamarca y la OCDE, o por la voluntad del legislador. Pero el vicio estructural es el mismo: un órgano que no interpreta la Constitución. La reforma de 2024, que lleva en su espíritu el desprecio a la interpretación constitucional de alto nivel, para sustituirla por la representación popular y la lealtad al proyecto político del régimen, es la causa primera de esta regresión. Constituye el inicio de la claudicación; el momento en que llevamos a cabo el pacto fáustico.
La verdadera democracia constitucional no se basa en la degradación del juez a actor político; su propósito es exactamente el contrario: limitar el ejercicio del poder proveniente de las mayorías a través de la defensa racional (vía argumentación e interpretación) de los fines y valores constitucionales. Como sostiene Ferrajoli, “ninguna mayoría, ni siquiera por unanimidad, puede legítimamente decidir la violación de un derecho de libertad o no decidir la satisfacción de un derecho social”: los derechos fundamentales forman la esfera de lo indecidible, sustraída a la disponibilidad del mercado y de la política.[1] Interpretar, de verdad, la Constitución no sólo es la facultad por esencia de un tribunal constitucional, sino que es un deber ineludible; de ahí que la reforma de 2024 constituya un ataque al centro neurálgico de nuestro sistema de control constitucional. Cuando esa operación se sustituye por el argumento comparativo desnudo (“así lo hace Dinamarca”), el argumento de autoridad fáctica (“lo dice la OCDE”), o el argumento de voluntad (“así lo quiere quien manda”), lo que se obtiene no es interpretación constitucional sino su simulacro.
¿En manos de quién quedó la defensa de la Constitución? Si la Corte ya no interpreta el texto constitucional, sino que lo sustituye por estadísticas extranjeras o por la voluntad del legislador en turno, entonces el guardián se convirtió en notario. Y un notario no defiende: certifica. Si bien la reforma judicial nos prometió jueces “más cercanos al pueblo”, lo que nos está entregando en realidad son jueces más cercanos al poder. No puede haber paradoja más inquietante: un movimiento democratizador de la judicatura que juega a favor del ente que, por naturaleza, está en las mejores condiciones para violar derechos humanos: la autoridad estatal. Flaco favor para el pueblo que dicen defender.
Esta crítica, huelga decirlo, no busca una desacreditación política, porque lo que está en juego es mucho más importante. Tampoco se trata de nostalgia de un statu quo idealizado. La Corte anterior tenía defectos serios, documentados, criticables. Lo que se denuncia aquí es otra cosa: el abandono de la operación interpretativa que da sentido a la jurisdicción constitucional misma. Cuando un tribunal constitucional renuncia a interpretar la Constitución, deja de ser tribunal constitucional, independientemente de quién lo integre y de qué partido lo haya designado.
A todo esto ¿quién es el Fausto en esta historia? No son los jueces constitucionales, ya que ellos son sólo el instrumento necesario para que el demonio pueda cobrar la deuda, una vez perdida la apuesta. La sociedad mexicana entera es el Fausto. Nosotros aún no hemos pronunciado esa frase. La reforma de 2024 fue la firma; lo que vendrá después dependerá de si la sociedad mexicana se conforma con el instante presente —una Corte dócil, decisiones que validan a quien manda, una paz judicial sin sobresaltos— o si conserva la inquietud que, en la obra de Goethe, es lo único que finalmente salva a Fausto. Porque conviene recordar el final que la tradición suele olvidar: Fausto se salva. No porque cumpla el pacto, sino porque nunca llega a decir esa frase con plenitud; porque su inquietud lo mantiene buscando hasta el final. La salvación, en Goethe, no es un regalo: es el premio a quien se niega a aceptar que el instante presente —por cómodo, por útil, por conveniente— sea suficiente.
[1] Luigi Ferrajoli, Derechos y garantías. La ley del más débil, trad. de Perfecto Andrés Ibáñez y Andrea Greppi, Madrid, Trotta, 1999, p. 24.
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