La nueva ley permite a los institutos públicos adquirir, edificar y arrendar inmuebles
La nueva ley permite a los institutos públicos adquirir, edificar y arrendar inmuebles

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda. La votación en lo general registró 356 votos a favor, 99 en contra y cero abstenciones, mientras que en lo particular se obtuvieron 354 votos a favor, 95 en contra y cero abstenciones.
El documento, derivado de una iniciativa del Ejecutivo Federal, fue enviado al Senado.
La legislación ahora modificada sustituye el concepto de "vivienda digna y decorosa" por el de "vivienda adecuada", el cual exige el cumplimiento de siete parámetros técnicos: accesibilidad, adecuación cultural, asequibilidad, disponibilidad de servicios, habitabilidad, seguridad en la tenencia y ubicación.
El artículo 56 faculta a los organismos e instituciones de vivienda para adquirir, rehabilitar y construir unidades habitacionales, realizar demoliciones, financiar la autoproducción y urbanizar terrenos.
El ordenamiento legal estipula que la ejecución de estas nuevas atribuciones, incluyendo el esquema de arrendamiento social, operará con la instrucción de salvaguardar el patrimonio y la sostenibilidad financiera de los fondos de ahorro de las personas trabajadoras.
El decreto determina que las instituciones involucradas financiarán la aplicación de estas nuevas facultades utilizando exclusivamente el presupuesto que ya tienen asignado.
El documento prohíbe la autorización de fondos adicionales o partidas presupuestales extraordinarias durante el actual ejercicio fiscal para cubrir los gastos derivados de la reforma.
La reestructuración normativa elimina el condicionamiento del acceso habitacional a la comprobación de un núcleo familiar al sustituir el término "familias" por "personas", y establece la atención prioritaria a mujeres jefas de familia, víctimas de violencia de género y poblaciones en situación de vulnerabilidad.
El dictamen establece que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo que activará el plazo para que las dependencias federales y sus filiales adecuen sus lineamientos operativos e inicien la ejecución directa de proyectos de construcción, adquisición y arrendamiento en el territorio nacional.
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